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Juristas de todo el continente piden a la CPI abrir examen preliminar por presuntos crímenes vinculados a la operación de EE.UU. en Venezuela

Ene 13, 2026

Una coalición encabezada por la Asociación Americana de Juristas (AAJ) y acompañada por organizaciones sociales, sindicales, académicas y de derechos humanos presentó en enero de 2026 una comunicación conforme al artículo 15 del Estatuto de Roma ante la Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), solicitando la apertura de un examen preliminar por presuntos crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y graves violaciones del Derecho Internacional Humanitario asociadas a las operaciones militares de Estados Unidos culminadas el 3 de enero de 2026 en Venezuela.

Según el texto difundido por organizaciones que respaldan el escrito, la comunicación apunta a un patrón de hechos que incluiría:

  • ataques letales contra embarcaciones civiles en aguas internacionales bajo el argumento de “lucha antidrogas”;
  • el uso de la fuerza contra territorio venezolano sin autorización del Consejo de Seguridad de la ONU;
  • privaciones ilegítimas de libertad, pillaje y una posible toma de rehenes del presidente venezolano y su cónyuge con fines coercitivos.

La comunicación solicita además preservación de pruebas, identificación de responsables políticos y militares y medidas para evitar repetición, alegando gravedad y riesgo de expansión regional.

En paralelo al debate sobre legalidad internacional, el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Türk, advirtió que la operación estadounidense “socava” el principio fundamental de que los Estados no deben amenazar ni usar la fuerza contra la integridad territorial o independencia política de otro Estado.

Simultaneamente, expertos de la ONU han calificado el uso no provocado de fuerza armada contra Venezuela como una posible violación del Art. 2(4) de la Carta de la ONU y han señalado que podría constituir el crimen internacional de agresión atribuible a líderes políticos y militares involucrados.

El artículo 15 permite que la Fiscalía de la CPI inicie un examen preliminar por iniciativa propia a partir de comunicaciones recibidas. La comunicación de la AAJ busca activar ese mecanismo. Al mismo tiempo, el escenario jurídico es complejo, debido principalmente a que Estados Unidos no es Estado Parte del Estatuto de Roma, lo que tensiona cualquier vía de cooperación y ejecución; Venezuela, en cambio, ratificó el Estatuto en 2000, aunque su Asamblea Nacional votó en diciembre de 2025 una iniciativa para retirar al país del tratado (retiro que, de materializarse, no elimina automáticamente la jurisdicción sobre hechos ocurridos mientras era parte).

En materia específica de crimen de agresión, la CPI enfrenta límites adicionales de jurisdicción (por regla general, muy condicionados por el estatus de los Estados y/o una eventual remisión del Consejo de Seguridad), por lo que el énfasis práctico suele recaer en crímenes de guerra y lesa humanidad cuando hay base territorial en un Estado Parte. (Esto es un punto discutido por juristas y dependerá de la evaluación de la Fiscalía y de eventuales vías de remisión).

El escrito coloca en primer plano la vieja ecuación imperialismo–recursos–coerción. En términos materialistas, la disputa por legalidad aparece inseparable del control de activos estratégicos (energía y rutas), mientras el derecho internacional funciona como campo de lucha: cuando el poder actúa por fuera de reglas comunes, incluso instituciones del orden liberal (ONU/CPI) quedan bajo presión, y la denuncia jurídica pasa a ser también una forma de resistencia política en el escenario global.

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