Mar. Feb 3rd, 2026

El mercado en contra de la propiedad

Ene 26, 2026

Este debate parlamentario ha pasado en absoluto desapercibido en los medios de comunicación, pero resulta ser en verdad un debate esencial respecto de los límites de la propiedad. De hecho, ni yo mismo me hubiera enterado de esto, a no ser por un video lanzado por el activista digital Louis Rossmann en que advierte la exportación de la DMCA fuera de la legislación estadounidense por primera vez. En este punto surge la pregunta ¿Cómo le afecta a usted como lector en su día a día esta discusión?

Cristóbal Albornoz

Recientemente, el día 12 de enero de 2026, el Embajador de EEUU en Chile: Sr. Brandon Jud, anunció a través de sus redes sociales un encuentro con el diputado Víctor Pino (Ex-PDG, actualmente Demócratas). Según lo relatado en su publicación de X (Ex-twitter), se trataron temas como la la cooperación entre Chile y Estados Unidos, específicamente en torno a un proyecto para prohibir la pirateria en línea y protección tecnológica ¿Que significa esto? En diciembre de 2025 se volvió a discutir un proyecto de ley ingresado por el gobierno de Piñera que busca regular la propiedad intelectual, tomando como referencia la Digital Millennium Copyright Act (DMCA) de Estados Unidos, y que se enmarca dentro de las exigencias del TLC de nuestro país con el país norteamericano.

En este sentido, se proponen implementar modificaciones y nuevos artículos a la ley N°17.336 (Ley de propiedad intelectual), específicamente incluyendo en su artículo quinto una modificación que incluye el concepto de medidas tecnológicas de protección, y también se propone en el artículo 81 bis, una modificación que incluye penas para estas infracciones, tales como reclusión menor o multas de 5-1000 UTM.

Este debate parlamentario ha pasado en absoluto desapercibido en los medios de comunicación, pero resulta ser en verdad un debate esencial respecto de los límites de la propiedad. De hecho, ni yo mismo me hubiera enterado de esto, a no ser por un video lanzado por el activista digital Louis Rossmann en que advierte la exportación de la DMCA fuera de la legislación estadounidense por primera vez. En este punto surge la pregunta ¿Cómo le afecta a usted como lector en su día a día esta discusión?

Buena pregunta, por ejemplo, si usted compra un celular, computador, TV o auto, con estas modificaciones y la nueva legislación está imposibilitado con multas de las siguientes cosas:

– Hacer alguna modificación de su producto

– Hacer una reparación o intervención en el dispositivo no autorizada por el fabricante

– Cambiar el software de su dispositivo

– Utilizar piezas no autorizadas por el fabricante en su producto

Para que quede más claro ¿qué significa esto en su vida cotidiana? En el caso de tener un computador no podría cambiar su software Windows por Linux (o el que prefiera); no podría hacer modificaciones para un mejor rendimiento (RAM, batería, etc.), o incluso hacer modificaciones para tener mayor privacidad y ciberseguridad. Asimismo, usted estimado lector no podría llevarlo a un taller para arreglarle un problema o incluso hacerlo usted mismo. Sorprendente.

Tomemos otro ejemplo, si usted se compró un nuevo auto no podrá hacerle modificaciones, solamente podrá repararlos en los locales autorizados, pudiendo ser incluso condenado penalmente si compra repuestos alternativos. Por ejemplo, asistir a la Calle 10 de Julio para reparar su auto sería impedido legalmente.

Ahora, al leer esto probablemente dirá !Pero el auto/computador/teléfono es mío, yo lo compré!!

Ahí está el problema en discusión, los límites de la propiedad. De acuerdo con la legislación chilena el derecho de propiedad implica uso, goce y libre disposición de un bien. Esta nueva ley, instalaría un precedente peligroso en la legislación nacional: uso no es lo mismo que propiedad. Esto va en contra incluso de cómo se entiende la propiedad en la Constitución Chilena, ¡es inconstitucional! Esto en términos jurídicos, produce una desnaturalización del dominio de la propiedad.

Pero si salimos de la discusión del derecho, resulta aún más interesante. Esto expresa la culminación del neoliberalismo en que la autonomía individual (incluso en la propiedad) queda limitada al interés de la empresa privada. Los individuos han sido sometidos por la corporaciones, no solo en los hechos, sino que legalmente. Esto representa la paradoja del proyecto neoliberal. El liberalismo como proyecto político y filosófico, tiene como uno de sus fundamentos la propiedad como espacio de autonomía y de independencia frente al Estado u otro tipo de poder. Esto parece haber desaparecido, la propiedad pasa a ser la tenencia de un producto tecnológico, que es propiedad de la corporación fabricante. Como sentencia Marx “todo lo sólido se desvanece en el aire” frente a la expansión del capital, eliminando todos los impedimentos que permiten incrementar su ganancia.

Esta discusión se puede extender a los derechos de autor respecto del conocimiento científico, que al mismo tiempo, diferentes gobiernos occidentales han implementado persecución y bloqueo de ciertas páginas web, tales como LibGen, Anna ‘s Archive o Sci-Hub (algunas de estas ya desaparecidas), dedicadas al pirateo de libros y artículos científicos, propiedad de grandes consorcios editoriales y plataformas de almacenamiento en línea. En el caso chileno, se podría extender o fortalecer la persecución de la difusión no autorizada del conocimiento.

Pero detengámonos a ver, cuál es el conflicto en estos casos: la libre difusión del conocimiento. Por ejemplo, Sci-Hub fue creado por Alexandra Elbakyan, informática de Kazajistán y comunista de 37 años, para la libre difusión de artículos académicos propiedad de revistas y grupos editoriales poderosos internacionalmente, que fue incluso perseguida por el gobierno norteamericano, pero al no existir acuerdos sobre extradición con su país de origen no se pudo avanzar en su juicio. Sin embargo, no fue la misma suerte que corrió el activista e informático Aaron Swartz, quien tras robar una gran cantidad de artículos y documentos protegidos por derechos de autor desde la biblioteca del MIT, la justicia lo capturó y frente al miedo del encarcelamiento, el jóven se quitó la vida a sus cortos 26 años.

Ambos ejemplos, muestran la tendencia al cierre de internet descrita por el abogado Tim Wu, pasando de ser una red de libertad de información y con aparente neutralidad, a imperios de la información cada vez más monopolizados por grandes grupos económicos.

Tomemos por ejemplo, el caso de una de las empresas más importantes de las industrias de la información actualmente, Apple. Esta empresa fundada en 1971 por dos amigos: Steve Wozniak y Steve Jobs era un proyecto de dos jóvenes aficionados a la electrónica, opuestos a la guerra de Vietnam e incluso creyentes del budismo. Ambos se reunían en un garage en los Altos (California), hasta que en 1976 lanzaron su primera creación, el Apple I, una computadora personal, a la que tiempo después le siguió la Apple II. Ambas creaciones seguían una lógica clara, convertir el computador personal (algo limitado a grandes compañías) en algo masivo y disponible a los individuos. Lo relevante era que ponía a disposición de las personas el control de la información de su computador, pudiendo modificarla a sus necesidades particulares. Así, el uso hermético y cerrado de la tecnología quedaba liberado al uso, pudiendo mejorar o rediseñar a voluntad el computador sin muchas restricciones. La computadora permite quitar una tapa para tener acceso libre a todos sus componentes y alentaba a hacerle modificaciones.

Wozniak tomaba la filosofía de los clubes de programadores aficionados, en que los computadores ayudarían a la humanidad a lograr la libertad y la justicia social. Sin embargo, las cosas cambiaron en la década de 1980 esta vez, Steve Jobs lanzó la Macintosh que si bien era innovadora y accesible, cambió la filosofía del proyecto, esta vez las computadoras no eran fáciles de abrir e intervenir, y el software de macintosh sólo se podía utilizar en un computador Apple. En este contexto, la empresa comienza a ser superada por Microsoft, obligando a Apple a apartar a Jobs en 1985, Wozniak había tenido razón, pero el otro Steve no se iba a dar por vencido.

Pero volvamos nuevamente al punto central de la discusión: el derecho y la propiedad. Esto recuerda los primeros escritos de un entonces jóven Karl Marx al publicar una serie de artículos en la Gaceta Renana, en el contexto de aprobación de la Ley de Bosques de 1841, en que se busca tipificar la recolección de leña como “robo”. La discusión legislativa lo que buscaba era zanjar la diferencia entre el derecho de los poseedores y el derecho de propiedad, de forma que el problema giraba a que la leña del árbol podían seguir siendo propiedad del dueño del árbol, o eran un “bien natural” disponible para ser usado en la satisfacción de necesidades. En este caso, se podría aplicar una analogía similar, a pesar de que un aparato tecnológico tenga un software propiedad de una corporación, al momento de desprenderse de ella (como la rama que cae del árbol) ya no pertenece a su fabricante, Sin embargo, la apropiación (recolección) o intervención es considerada delito. Esta discusión es similar puesto que abre el debate a cuáles son los límites de la propiedad privada descritos por Marx. ¿Cual es el elemento común? El derecho puede ser modificado para asegurar la ganancia económica. En el caso de Marx se elimina la subordinación del derecho de propiedad al de existencia instalada en la Constitución Francesa de 1793, y en este caso los pilares de la constitución y código civil chilenos son desmantelados frente al poder de las corporaciones.

El punto es ¿por qué sacrificar el concepto de propiedad? Como podemos notar la contradicción es evidente, se sacrifica uno de los pilares de su proyecto, se sigue pensando la disputa política con conceptos que ya han ido perdiendo vigencia, el liberalismo ha sido abandonado por sus propios defensores, y se abre paso lo nuevo: la ilustración oscura.

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