Castigar esas actividades como «extras injustificados» implica invisibilizar plenamente la naturaleza colectiva y social del trabajo educativo. Es una lectura burocrática para clausurar la política. Los defensores de la Educación Publica no podemos quedarnos de brazos cruzados.
Por Miguel Ángel Barrera, Presidente SINACIN
Como dirigente sindical, veo con profunda indignación el dictamen reciente de la Contraloría General de la República: ratifica los descuentos en remuneraciones a docentes que participaron en movilizaciones, sin importar si luego recuperaron clases. Se declara, sin matices, que solo se paga por el tiempo realmente trabajado y que no es posible condonar ni negociar estos descuentos, aun cuando las jornadas se compensen fuera de horario laboral.
Legalmente, es cierto que la normativa exige que solo se remuneran días trabajados. Pero esta interpretación literal ahoga el derecho a huelga y organización sindical, tratando la movilización docente como si fuera un delito. Se asume que las horas de recuperación siempre deben ser extra salariales y anteriores a los descuentos, lo cual rara vez ocurre en la realidad sindical.
Esto significa que ejercer un derecho constitucional, como parar para exigir dignidad educativa, es un riesgo económico directo. El mensaje es claro: protesta estructural, paga estructural.
La Contraloría insiste en que recuperar clases debe ocurrir fuera del horario lectivo formal, y con autorización previa. Sin embargo, nuestra realidad sindical demuestra que el trabajo docente no se reduce solo al frente a curso: hay planificación, evaluación, reuniones de apoderados, reposición pedagógica.
Castigar esas actividades como «extras injustificados» implica invisibilizar plenamente la naturaleza colectiva y social del trabajo educativo. Es una lectura burocrática para clausurar la política. Los defensores de la Educación Publica no podemos quedarnos de brazos cruzados.
Por eso brindamos, desde SINACIN nuestro apoyo irrestricto al Colegio de Profesores que ya ha anunciado, entre otras medidas, la interposición de recursos de protección y demandas laborales, gestiones parlamentarias con bancadas afines para cambiar la ley, y apelaciones a instancias internacionales, con denuncias sobre vulneración al derecho sindical garantizado por convenios internacionales ratificados por Chile.
No se trata solo de recuperar remuneraciones. Es defender que el derecho a protesta no sea castigado económicamente. Este dictamen coloca un peligroso precedente: restringe el derecho a sindicalización activa y normaliza aplicar sanciones con fundamentos férreos, sin espacio para el diálogo social justo.
No podemos permitir que en nombre de la legalidad se legitime una racionalidad anti sindical que penaliza a quienes alzan su voz por una educación digna. Quienes defienden que el sistema debe respetar la ley, deben reconocer que la ley no siempre es sinónimo de justicia. Lo que la Contraloría ha hecho no es técnica: es una política pública de castigo.
Exigir mejoras salariales, condiciones laborales dignas, financiamiento educativo justo, no puede transformar a un docente en deudor. No puede ser que al luchar por mejorar la educación pública te condenen como infractor. Solo si aseguramos que protestar no significa empobrecer, podremos garantizar un derecho esencial: enseñar con dignidad.