La operación fue ejecutada en septiembre de 2017 y se presentó públicamente como un golpe contra una supuesta coordinación de atentados en La Araucanía, basada en “interceptaciones” de mensajería. Con el avance de diligencias y peritajes, se estableció que parte central de esa evidencia correspondía a chats y contenidos implantados en dispositivos incautados, lo que dio vuelta la causa y terminó llevando a los propios investigadores al banquillo.
Por Equipo El Despertar
El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dictó este 9 de enero de 2026 un veredicto condenatorio contra seis de los 11 acusados en la causa derivada de la fallida “Operación Huracán”, el operativo de inteligencia policial de 2017 que terminó desmoronándose tras detectarse manipulación de evidencia digital usada para incriminar a comuneros mapuche.
Según informó el Poder Judicial, el tribunal estableció la responsabilidad penal por falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación en hechos perpetrados en 2017 por integrantes de la Unidad de Inteligencia Operativa Especializada (UIOE) de Carabineros en La Araucanía. La audiencia de comunicación de sentencia quedó fijada para el jueves 2 de abril, a las 10:00 horas.
De acuerdo con el acta del Poder Judicial, fueron condenados:
- Gonzalo Blu Rodríguez y Patricio Marín Lazo: autores de 5 delitos de falsificación de instrumento público y 3 delitos de obstrucción a la investigación.
- Leonardo Osses Sandoval: autor de 9 delitos de falsificación de instrumento público y 7 delitos de obstrucción a la investigación.
- Marcelo Iván Teuber Muñoz: autor de 1 delito de obstrucción a la investigación.
- Manuel Riquelme Mardones: autor de 1 delito de falsificación de instrumento público.
- El civil Álex Smith Leay (conocido como “el profesor”): condenado por 9 delitos de falsificación de instrumento público, 8 delitos de obstrucción a la investigación, además de otros ilícitos vinculados al uso malicioso de instrumentos falsos.
El tribunal, además, dictó veredicto absolutorio para Marvin Marín Maluenda, Cristian Pérez Mancilla, Marcos Sanhueza Córdova, Darwin Vásquez Sepúlveda y Manuel Cavieres González, por falta de acreditación.
En uno de los puntos clave del caso, el tribunal absolvió a varios acusados del cargo de asociación ilícita, señalando que la prueba fue insuficiente para configurar ese tipo penal y destacando que los delitos acreditados se cometieron con abuso del cargo dentro de la estructura institucional, sin probarse una organización ilícita “paralela” a Carabineros. esto que parece una buena noticia, podría ser aun más grave porque podría esconder las responsabilidades del mando.
La operación fue ejecutada en septiembre de 2017 y se presentó públicamente como un golpe contra una supuesta coordinación de atentados en La Araucanía, basada en “interceptaciones” de mensajería. Con el avance de diligencias y peritajes, se estableció que parte central de esa evidencia correspondía a chats y contenidos implantados en dispositivos incautados, lo que dio vuelta la causa y terminó llevando a los propios investigadores al banquillo.
El veredicto tiene una lectura política inmediata: no se trata solo de “malas prácticas”, sino del uso de un aparato coercitivo del Estado para producir “pruebas” que sostengan una narrativa de enemigo interno. En un conflicto territorial de larga data, la fabricación de evidencia digital muestra cómo la “seguridad” puede convertirse en herramienta de disciplinamiento y criminalización de una parte del pueblo, y por qué el control civil, la trazabilidad pericial y la rendición de cuentas sobre la inteligencia policial son un punto estructural, no meramente administrativo, de un Estado de derecho verdaderamente democrático.
