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La Puerta Giratoria al Descubierto: El Caso Cordero y el Vacío de la Ética Pública en Chile

Ago 17, 2026
Foto Radio Universidad de Chile

Por Fernando monsalve

El cruce entre la función pública en cargos de alta dirección y poder con el ejercicio privado de la profesión legal o el lobby corporativo suele habitar una gris meseta ética, pero alcanza su expresión más crítica cuando la transición ocurre sin solución de continuidad. El caso del exministro de Justicia y Seguridad Pública, Luis Cordero, al asumir la representación de la Asociación de la Industria del Salmón de Chile (SalmonChile) ante el Tribunal Constitucional (TC) en un litigio sobre la denominada Ley de Reconstrucción, reabre de forma contundente la discusión sobre el fenómeno de la “puerta giratoria” (revolving door). Asimismo, pone de relieve una persistente vulnerabilidad en la arquitectura constitucional y administrativa chilena.

1. La Anatomía del Poder: De la Tejeduría Institucional al Litigio Corporativo

Para entender la dimensión del debate, es indispensable sopesar la densidad del rol ejercido por Cordero en el Poder Ejecutivo. Tras llegar al gabinete para sustituir a Marcela Ríos tras la crisis de los indultos, Cordero ejerció durante más de tres años carteras clave: Justicia y Derechos Humanos, y posteriormente Interior y Seguridad Pública. Durante dicho lapso, no solo condujo materias estratégicas del Gobierno, sino que influyó de manera directa en el diseño de proyectos legislativos, nombramientos del Poder Judicial, designación de integrantes del TC y articulaciones dentro del sistema político.

Al renunciar y volver de forma casi inmediata al ejercicio privado, la paradoja se vuelve estridente: quien hace pocos meses intervenía en la nominación y recomendación de jueces, conservadores, notarios o integrantes de altos tribunales, pasa a alegar ante esos mismos estrados. Ante la crítica, el argumento de la defensa apela al derecho constitucional a la libertad de trabajo y al legítimo ejercicio libre de la profesión. Sin embargo, la perspectiva de la probidad señala que dicho ejercicio no ocurre en un vacío: la valoración de un abogado en el mercado corporativo tras su paso por el poder central sufre un salto cualitativo, apalancado precisamente en las redes de influencia, el conocimiento confidencial y el capital político acumulado al servicio del Estado.

Existe una diferencia sustancial y evidente entre el perfil profesional de Luis Cordero antes de su ingreso al gabinete y el estatus corporativo con el que egresó de él. Antes de asumir la titularidad ministerial, Cordero se desempeñaba como académico y abogado consultor especializado en derecho administrativo, pero distaba de ser un litigante de fuste o una figura de la primera línea del foro nacional a la que los grandes conglomerados empresariales encomendaran inexorablemente la defensa de sus causas estratégicas. Fue precisamente su nombramiento como ministro de Estado, su exposición pública y la vasta red de vínculos institucionales tejida desde las máximas magistraturas del Ejecutivo lo que reconfiguró de manera drástica su posición en el mercado. El vertiginoso salto hacia la representación de un gremio del peso económico de SalmonChile evidencia que la cotización privada de la que hoy goza no responde a una mera trayectoria previa, sino a la puesta en valor corporativo del capital político y de las influencias acumuladas durante su paso por la alta dirección pública.

2. El Contrapunto Político: Las Reacciones de Gael Yeomans y el Exministro

El fichaje de Cordero por parte de SalmonChile, donde sostuvo defensas normativas en el TC relativas a microrrelocalizaciones y financiamiento privado de inspecciones ambiental-sanitarias, generó cuestionamientos directos en el oficialismo.

La crítica del oficialismo

“Siempre hemos criticado la puerta giratoria. La puerta giratoria en Chile está regulada a medias. La inhabilidad vigente dura apenas seis meses, alcanza sólo a organismos fiscalizadores y solo opera cuando hay contrato laboral de por medio. Por eso presenté un proyecto que extiende la inhabilidad a dos años, la aplica a altos cargos…”Gael Yeomans, Diputada del Frente Amplio

La postura del exministro

“Solo puedo decir que es un hecho público y notorio que yo, antes de ser ministro de Estado, soy profesor de Derecho Administrativo hace 27 años en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile… He vuelto a mi vida profesional y académica.”Luis Cordero, Exministro de Justicia e Interior

El choque expone dos visiones: mientras Cordero apela a la legalidad procesal formal y al ejercicio técnico-profesional, la posición política le reprocha la vulneración del principio de probidad pública y el uso implícito del peso político acumulado.

3. Análisis Comparado y Estándares Internacionales

El conflicto de interés posterior al empleo público (post-employment conflict of interest) no es un dilema exclusivo de Chile, pero la regulación nacional exhibe brechas considerables en comparación con el derecho comparado.

JurisdicciónPeriodo de EnfriamientoAlcance de la InhabilidadMecanismos de Control
Estados Unidos
(18 U.S.C. §207)
1 a 2 años
(Veto permanente en asuntos directos)
Prohibición de litigar, representar o hacer lobbying ante la agencia dirigida.Sanciones penales y administrativas bajo Ethics in Government Act.
España
(Ley 3/2015)
2 años
(Post-cese en alto cargo)
Prohibición de prestar servicios a entidades privadas afectadas por sus decisiones.Control previo por la Oficina de Conflictos de Intereses y pérdida de pensiones.
Recomendación OCDE1 a 2 años
(Proporcional al cargo)
Definición clara de asuntos restringidos y seguimiento post-empleo.Registro público de actividades y sanciones corporativas a empresas contratantes.
Chile
(Ley N° 20.880)
6 meses
(Incompleto / Acotado)
Acotado a organismos fiscalizadores y sujeto a contrato de trabajo directo.Ausencia de veto general a ministros de Estado para el litigio corporativo.

En Chile, la regulación actual (articulada en la Ley N° 20.880 sobre Probidad en la Función Pública) impone restricciones acotadas a directores de organismos fiscalizadores por periodos de seis meses, dejando a ministros de Estado en una zona de amplio arbitrio tras cesar en sus funciones.

4. Ética Pública, la Izquierda y la Responsabilidad del Anillo de Poder

Desde una perspectiva transformadora, progresista o de izquierda, el resguardo de la ética pública no constituye un requisito meramente formal, sino la piedra angular de su legitimidad popular. Mientras la derecha liberal concibe el Estado como un ente regulador transitorio y busca la fluidez sin trabas entre el capital y la administración, las fuerzas de izquierda justifican su proyecto político en la promesa de que la estructura estatal no será instrumentalizada por grupos de interés económico.

“El Gobierno del Estado moderno no es más que una junta que administra los negocios comunes de toda la clase burguesa.”Karl Marx y Friedrich Engels, Manifiesto del Partido Comunista (1848)

Esta clásica formulación marxista cobra una vigencia implacable cuando las dinámicas institucionales permiten que el aparato estatal funcione como una pasarela donde los altos cuadros públicos acumulan capital político para, posteriormente, ponerse al servicio directo de los mayores grupos de interés económico del país. Cuando una figura legal cruza de un ministerio de Estado a la defensa de gremios empresariales como el salmonero, se valida precisamente el diagnóstico crítico: la función pública termina reducida a una etapa de valorización profesional y preparación técnica al servicio del capital privado, quebrantando el principio ético-ideológico que distingue el servicio público de la consultoría corporativa.

Este fenómeno no responde únicamente a un descuido individual, sino que devela una falencia estructural en la conducción política del gobierno de Gabriel Boric: la falta de un filtro ideológico y ético en el nombramiento de las altas autoridades de la nación.

La apelación de la tecnocracia a “volver al ejercicio privado” elude el hecho de que el paso por el poder otorga ventajas comparativas en el mercado corporativo. Que figuras sin convicciones o compromisos con el proyecto transformador hayan articulado el núcleo duro del gabinete del Ejecutivo evidencia un déficit en la conducción del anillo más cercano al Mandatario. Aquellos responsables de la dirección política y de seleccionar a estos cuadros mostraron una falta de rigor al poner la conducción institucional en manos de perfiles pragmáticos orientados al mejor postor del mercado.

Para restaurar la credibilidad ante la ciudadanía y evitar la percepción de una captura corporativa de las instituciones, se requiere una profunda autocrítica política, junto a reformas estructurales que incluyan:

  • Un periodo de enfriamiento generalizado de 1 a 2 años para ministros y autoridades de confianza del Ejecutivo.
  • Inhabilitaciones permanentes para representar intereses privados en asuntos, proyectos o litigios donde la autoridad tuvo injerencia legislativa, normativa o de nombramiento directa.
  • Mecanismos de trazabilidad post-empleo bajo la supervisión de un órgano autónomo de probidad que fiscalice las actividades de los exaltos cargos del Estado.

Fuentes y Referencias de Contexto:

1. Ley N° 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses (Chile).
2. Ethics in Government Act (18 U.S.C. § 207, Estados Unidos).
3. Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado (España).
4. Directrices de la OCDE sobre la gestión de conflictos de intereses en el servicio público.
5. Marx, K., & Engels, F. (1848). Manifiesto del Partido Comunista.

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